domingo, 30 de diciembre de 2007

Video Evolución del sector forestal




CON ÉXITO FINALIZÓ LA NEGOCIACIÓN ENTRE TRABAJADORES Y FORESTAL MININCO






Autoridades de Gobierno, encabezadas por la Seremi del Trabajo, Paula Urzúa y trabajadores forestales de la provincia de Biobío, representados por el presidente de la Coordinadora de Sindicatos del Transporte Forestal, Heriberto López, dieron a conocer los términos de la exitosa negociación, que finalizó esta semana, entre los trabajadores subcontartistas y Forestal Mininco.
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Jueves, 2 de Agosto 2007
En conferencia de prensa, realizada en la gobernación de Biobío, trabajadores de empresas prestadoras de servicios a Forestal Mininco, encabezados por Heriberto López, acompañados por la Seremi del Trabajo, Paula Urzúa; el Gobernador de Biobío, Esteban Krause; el Director Regional del Trabajo, Víctor Hugo Ponce y el presidente provincial de la Cut, Luis Barra, dieron a conocer detalles de este importante acuerdo, al que se llegó luego de dos meses de intensa negociación.

El representante de lo trabajadores, Heriberto López calificó como un gran logro el equilibrio entre los intereses de la empresa y los de los trabajadores y agradeció la postura humana de la forestal y el apoyo del gobierno en la resolución del conflicto.

Por su parte, la Seremi del Trabajo, Paula Urzúa felicitó a López por el modo en que se desarrolló la negociación, destacando la tranquilidad respecto de otros conflictos sindicales que se han vivido el país. “Esto da cuenta de que se puede llegar a acuerdo a través del diálogo. Hoy día, tras dos meses de negociaciones, en los que no ha habido mayores costos, ni violencia y por el contrario ha habido un diálogo conducido de manera muy responsable, con mucha altura de miras, se ha llegado un acuerdo que significa importantes beneficios para los trabajadores”, señaló la Seremi.

De acuerdo a lo informado, la empresa Forestal accedió a parte del petitorio presentado por los trabajadores el pasado 31 de mayo, asumiendo varios compromisos, entre los que figuran el acceso total a la información de producción y transporte para empresarios y trabajadores, los reajustes que experimenten las tarifas y cómo estas incidan en sus remuneraciones; un estricto control de las horas extraordinarias trabajadas y del cumplimiento del pago de las horas extraordinarias, una tarifa diferenciada para programas nocturnos, entre otros.

Respecto a las condiciones de trabajo en los aserraderos, se construirán y habilitarán baños, casilleros y duchas para el personal de las empresas de servicio en todos los aserraderos CMPC Maderas. También se instalarán lugares de descanso y baños para los conductores de camiones en las fábricas y aserraderos.

Forestal Mininco, además, exigirá algunas obligaciones a las empresas de servicios respecto de los trabajadores, como una remuneración mensual mínima para los trabajadores, la que no podrá ser inferior a los $192.000; medidas orientadas a generar remuneraciones adecuadas a las buenas prácticas laborales que desarrolla la empresa y el desarrollo de nuevas técnicas para mejorar la operatividad y la seguridad de los trabajadores. Además, se entregará un bono de $28.000, para fiestas patrias y fin de año y se trabajará en impulsar, dentro del segundo semestre, un programa de soluciones habitacionales.






TRAS SUPERAR LAS LECCIONES DE ARAUCO Y CODELCO, LOS TRABAJADORES CONTRATISTAS...apuntan hacia la minería privada...

Tras superar las lecciones de Arauco y Codelco, los trabajadores contratistas, apuntan hacia la minería privada.

Por_ Pedro Marín Mansilla, Director de RRPP de la Federación Minera de Chile.

Sin lugar a dudas, el denominado despertar de los trabajadores chilenos, se produce en el mes de agosto de 2006, con la huelga de los autodenominados “Patos Negros” del Sindicato Nº 1 de Trabajadores de Minera Escondida Ltda., huelga de 25 días y que demostró que los trabajadores organizados pueden llegar a materializar sus justas y muchas veces postergadas reivindicaciones, dejando atrás más de dos décadas de espera.

Luego prosiguieron una serie de negociaciones en la minería tanto privadas, como estatales, con resultados similares. Todo este escenario, fue el aliciente para que los más desprotegidos, burlados y discriminados, despertaran del letargo; y estalla con ello, una incipiente intención de negociación Ínter empresa en la provincia de Arauco, dejando a su paso, un mártir, “el compañero, Rodrigo Cisternas”, muerto a manos de carabineros de Chile, en mayo de 2007. Sin embargo, este oscuro trance histórico, de dicho conflicto, deja el precepto de que este tipo de aspiraciones de los trabajadores subcontratados, era posible.

En junio de 2007, se funda la Confederación de Trabajadores del Cobre, conformado por los trabajadores contratistas y subcontratistas que laboran en las distintas mineras del país, acto seguido y después de varios intentos por dialogar con la administración de Codelco Chile, se define el paro general de trabajadores subcontratados por la Estatal, negociación que se destaca por una marcada campaña comunicacional para desperfilar las aspiraciones de los trabajadores en paro. Además de una serie de prácticas antisindicales, en donde destaca un bono (soborno) para los que no estaban envueltos en el conflicto, persuadiéndolos de no adherir a la huelga.

No obstante, lo anterior y gracias al surgimiento de nuevos e inteligentes líderes como: Cristian Cuevas y Manuel Ahumada, entre otros dirigentes sindicales, los trabajadores continuaron con las movilizaciones, apelando al diálogo con la empresa, logrando la anhelada mesa de negociaciones a la que se sumaron asesores de connotada trayectoria tales como: Orlando Caputo, Graciela Gallarce y Carlos Tomic, así como miembros de la Iglesia católica, entre otros mediadores.

Después de más de un mes de huelga, con quiebres en las conversaciones y distanciamientos entre las partes, más los conflictos y enfrentamientos con carabineros, finalmente se logra el consenso y, se firma tal vez, la reivindicación de mayor éxito en este sector de los trabajadores, los cuales, han debido cargar por décadas con una mochila llena de injustificable postergación, puesto que sus aspiraciones remuneracionales, representan en la actualidad, menos del 2% de las utilidades alcanzadas por la minería en el año 2006.

Pero esto no termina aquí y se ha anunciado de parte de sus líderes, nuevas y justificadas movilizaciones, esta vez, se replicará en la minería privada, sector, que posee costos de producción mucho más bajos en comparación a las ya casi centenarias minas estatales, pero que de todas maneras ha utilizado a destajo este recurso que otorga el estado de Chile, aún cuando no se justifique económicamente, pagando a los trabajadores subcontratados hasta un tercio (en promedio) de las remuneraciones de los trabajadores de planta y con menos beneficios sociales. Todo esto, a pesar que desarrollan las mismas tareas laborales que los trabajadores directos.

Este nuevo y esencial paso hacia la minería privada del cual la Federación Minera de Chile que agrupa a la mayoría de los sindicatos de la minería foránea, apoyará en todo momento, debido a que esta lucha emprendida por los trabajadores subcontratados es la lucha general de la clase trabajadora chilena, puesto que los trabajadores de planta, somos amenazados permanentemente de ser externalizados, es decir, convertirnos en trabajadores subcontratados, un martirio laboral que debe ser abolido, sobre todo, en aquellas labores ligadas al giro principal de las empresas, limitándolas a labores de servicio y transporte, como sucede en la mayoría de los paises desarrollados.

Pedro Marín Mansilla.RRPP FMC





Negociación Colectiva

La negociación colectiva es aquella que se realiza entre los trabajadores de una empresa o sector, normalmente (aunque no siempre) reunidos a través de un sindicato o grupo de sindicatos y la empresa o representantes de empresas del sector. La finalidad de la negociación es llegar a un acuerdo en cuanto a las condiciones laborales aplicables a la generalidad de los trabajadores del ámbito en el que se circunscribe la negociación (contrato o convenio colectivo de trabajo).
En ocasiones, como medida de presión para la negociación y para hacer cumplir los acuerdos cuando consideran que no han sido cumplidos, los trabajadores pueden acudir a la
huelga.
La negociación colectiva es una manifestación particular del
diálogo social, y está considerado como un derecho fundamental básico integrante de la libertad sindical. Mundialmente se encuentra garantizado en el Convenio 98 y 154 de la OIT.
La negociación puede abarcar todos los aspectos de la relación laboral (
salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales, promociones, etc.), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, resolución de conflictos, etc.).



Ley de Subcontratación


¿Que leyes regulan este sistema de trabajo?
-
Ley N° 20.123, de subcontratación- Código del Trabajo


¿Pueden los trabajadores bajo régimen de subcontratación formar sindicatos y/o negociar colectivamente?
Sí, pero siempre al interior de su empresa contratista.No pueden sindicalizarse con los trabajadores de la empresa principal.



En caso de accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, ¿quién responde por los trabajadores?
En la empresa principal recae la responsabilidad de proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores del contratista o subcontratista, por lo cual, ante el incumplimiento de este deber que genere perjuicios al trabajador del contratista o subcontratista, por la ocurrencia de un accidente del trabajo, podrá demandar directamente a la empresa principal la reparación de tales perjuicios.


¿Quién fiscalizará el cumplimiento de los contratos de subcontratación?
La Dirección del Trabajo y sus respectivas inspecciones fiscalizan los contratos, así como el cumplimiento de las normas laborales entre las partes involucradas.


¿Qué obligaciones tiene el trabajador?
Las obligaciones del trabajador estarán dadas por el contrato firmado con su empleador, en este caso el contratista, el cual está regido por el Código del Trabajo.Algunas de estas obligaciones son la dependencia y subordinación del empleado con el empleador, la asistencia diaria al trabajo, entre otras.

¿Qué derechos tiene el trabajador?
Los derechos son iguales a los de cualquier trabajador, de acuerdo a lo estipulado en el Código del Trabajo. Entre éstos se cuentan jornadas máximas de trabajo, feriados y fueros.


¿Qué es la responsabilidad subsidiaria?
Es la responsabilidad a través de la cual la empresa principal debe responder por los trabajadores de la empresa contratista, cuando esta última no cumple con lo estipulado en el contrato firmado con sus trabajadores.Aquí el trabajador, debe en primera instancia demandar a su empleador directo, el contratista, y si éste no responde, deberá realizar una demanda contra la empresa principal quien deberá responder por lo adeudado al trabajador.

¿Qué es la responsabilidad solidaria?
Es la responsabilidad en la que la empresa principal responde conjuntamente con la empresa contratista en lo adeudado al trabajador.En este caso, el empleado puede demandar indistintamente a ambas empresas por el total de sus prestaciones laborales y previsionales, incluidas las indemnizaciones legales.



AFP e ISAPRES

El Ministerio del Trabajo y Previsión Social dicto un reglamento que define la forma o mecanismos por los cuales las instituciones competentes podrán certificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los contratistas respecto de sus trabajadores, cuando sean requeridos por la empresa principal.



http://www.trabajo.gob.cl/Subcontratacion/documentos/circularDt_148.doc